El almirante retirado Türker Ertürk compareció ante el juez en la primera vista del juicio abierto contra él por el cargo de “amenazar con el propósito de generar miedo y pánico entre la población a través de la prensa y los medios de comunicación”, debido a sus declaraciones en un programa de televisión de hace tres años. Ertürk participó en la vista desde prisión mediante SEGBİS ante el Tribunal Penal de Primera Instancia n.º 5 de Bakırköy, y sus cuatro abogados también estuvieron presentes. Ertürk rechazó las acusaciones y solicitó su puesta en libertad y su absolución; el tribunal decidió mantener la prisión preventiva.
En el escrito de acusación se señala que, en el programa emitido antes de las elecciones presidenciales de 2023, afirmó que el cambio de poder sería “doloroso pero sin dolor”, que el Consejo Supremo Electoral debía decidir conforme a la ley y la conciencia, y que, de lo contrario, podrían producirse problemas. Ertürk sostuvo que las imágenes procedían de dos programas emitidos hacía 9 años y 3,5 años, respectivamente, y que habían sido sacadas de contexto, recortadas y editadas. Ertürk afirmó que sus declaraciones eran valoraciones y previsiones políticas, y señaló que no se había formulado una amenaza concreta ni se había generado miedo.
Por qué es importante
La cuestión central del expediente es si las valoraciones políticas expresadas en un programa de televisión pueden considerarse una amenaza concreta dirigida a generar miedo y pánico entre la población. El hecho de que la defensa haya planteado que las imágenes fueron tomadas de programas emitidos en fechas diferentes y posteriormente editadas obliga al tribunal a evaluar no solo el contenido de las declaraciones, sino también el contexto de la emisión y la forma en que fueron transmitidas. En este sentido, el caso muestra cómo se aborda en un expediente concreto el límite entre la previsión política y la responsabilidad penal. La continuidad de la prisión preventiva pone de manifiesto que las solicitudes de absolución y puesta en libertad aún no han sido atendidas, mientras que la cuestión fundamental que sigue abierta es si, consideradas en su contexto, las declaraciones cumplen los elementos constitutivos del delito de amenaza.