El Tribunal Constitucional anuló por mayoría la expresión «por tiempo indefinido» del artículo 175 del Código Civil turco, al considerarla contraria a los artículos 2, 5 y 17 de la Constitución. La decisión se adoptó a raíz de la solicitud del 12.º Tribunal de Familia de Antalya.
AYM señaló que la normativa vigente no permite al juez determinar la duración de la pensión alimenticia según las circunstancias concretas del caso y que esto puede constituir una carga excesiva para el obligado al pago. Se indicó que los criterios relativos a la aplicación de la pensión alimenticia por un plazo determinado o, en algunas condiciones especiales, de por vida, deben estar regulados de forma clara y previsible en la ley. La decisión de anulación entrará en vigor nueve meses después de su publicación en el Boletín Oficial.
Por qué es importante
La importancia práctica de la decisión radica en que el enfoque que produce el mismo resultado en todos los casos respecto de la duración de la obligación de pagar una pensión alimenticia volverá a examinarse desde el punto de vista constitucional. Esto sitúa en el centro del debate jurídico, especialmente para quienes pagan la pensión alimenticia, la evaluación de las circunstancias personales y de la gravedad de la carga. En cambio, la decisión no establece por sí misma los criterios relativos a las condiciones y al periodo durante el cual deben estar protegidos los acreedores de la pensión alimenticia; por ello, el alcance de la nueva regulación sigue siendo una cuestión abierta. El aplazamiento de nueve meses evita que la disposición vigente desaparezca de inmediato, al tiempo que mantiene en la agenda la necesidad de establecer de forma clara y previsible en la ley la distinción entre la pensión alimenticia por un plazo determinado y la pensión alimenticia de por vida en condiciones especiales.